EDITORIAL
El actual reto de la protección de la salud: Por qué todos los ministerios de sanidad deberían considerar la Recomendación de Madrid
La conferencia internacional sobre protección de la salud en prisiones que se celebró en Madrid en octubre de 2009 se considera ahora como una reunión que tuvo lugar en el momento y en lugar apropiados, y con la combinación perfecta de expertos y profesionales para obtención de un resultado de sumo valor.
Era el momento adecuado, ya que tras 20 años de exhaustiva investigación, de acopio de pruebas y experiencias en el amplio campo de las enfermedades transmisibles y de otras enfermedades en el medio penitenciario, era el momento de considerar el progreso que se había obtenido y si se necesitaba un mayor desarrollo. España además era el lugar apropiado para una conferencia de este tipo ya que contaba con experiencia real en este campo; experiencia que los demás necesitaban conocer. Se dio además la combinación perfecta de expertos internacionales, investigadores y profesionales de más de 65 países, para que el resultado, la Recomendación de Madrid sobre la protección de la salud como parte fundamental de la salud pública, un documento breve pero influyente, recibiera el apoyo necesario para ser considerado por todos los ministerios de sanidad y agencias sanitarias involucradas con el mejor control y prevención de enfermedades tan importantes como el SIDA y la tuberculosis.
¿Por qué se eligieron temas de sanidad penitenciaria como eje central de la reunión? La desafortunada realidad es que en las sociedades de todos los países europeos, la mayor concentración de enfermedades graves que suponen una amenaza para la vida se encuentra entre la población penitenciaria y de otros centros de reclusión obligatoria. Las enfermedades transmisibles como el SIDA y la tuberculosis, la adicción a sustancias de todo tipo y a las drogas, las enfermedades mentales y otras deficiencias, de forma aislada o conjunta, afectan a la mayor parte de la población reclusa de todos los países de Europa y en general, del mundo. La fatal combinación de centros desfasados con instalaciones precarias, que habitualmente se encuentran superpoblados, junto con el hecho de que los internos habitualmente proceden de los entornos más desfavorecidos de la sociedad y cuentan con un entendimiento pobre de temas sociales, educacionales y especialmente en lo relacionado con la salud, así como la superposición existente entre determinadas conductas y el derecho penal, han supuesto el desarrollo de uno de los mayores retos relativos a la salud pública a día de hoy.
El punto de partida de la Recomendación de Madrid fue aportado por los datos y cifras relativos a enfermedades transmisibles como el VIH/SIDA, tuberculosis, hepatitis y enfermedades de transmisión sexual, prevalentes en el medio penitenciario de todo el mundo. Estas enfermedades se acompañan además de la elevada prevalencia de enfermedades mentales y consumo de drogas entre los reclusos de tal forma que las prisiones y los centros de reclusión obligatoria constituyen puntos clave para enfermedades que suponen una amenaza para la vida y para una población con múltiples desventajas, que encuentran en el medio penitenciario la única oportunidad para evitar que sus problemas de salud y de otro tipo retornen a sus comunidades de origen.
El otro punto clave de partida lo constituyó la abrumadora evidencia de que las medidas de protección de la salud, incluyendo las medidas de reducción de daños, son efectivas en el medio penitenciario, a pesar de las conocidas discrepancias que existen entre la reclusión como objetivo primordial y los requisitos básicos para la protección de la salud, el tratamiento y la prevención de enfermedades. Se reconoció ampliamente el éxito cosechado por las iniciativas llevadas a cabo por el gobierno español en sus prisiones y los resultados beneficiosos obtenidos por las mismas.
Así, la Recomendación de Madrid se derivó de estos dos hechos: la existencia de un problema de salud pública real en el medio penitenciario relativo a las enfermedades transmisibles y a otras enfermedades, y el hecho de que se había demostrado que se podía hacer mucho por prevenir la difusión de estas enfermedades y por mejorar la salud de la comunidad.
Antes de concluir las recomendaciones definitivas, la conferencia reconoció la existencia de discrepancias de opinión en Europa y en todo el mundo sobre las medidas que deberían llevarse a cabo. Al igual que con cualquier otro problema de salud pública, la disponibilidad de evidencias, a pesar de constituir probablemente el factor clave en la actualización y modificación de las actuales políticas, no fue el único factor que se tuvo en cuenta. Cada sociedad cuenta con su propio punto de vista, su tradición e historia sobre, por ejemplo, el uso de drogas ilegales, y dichas opiniones no pueden ser ignoradas en la toma de decisiones.
El fundamento de la Recomendación de Madrid es sin embrago, una lista integral de medidas basadas en las recomendaciones internacionales de organizaciones expertas como la OMS o la ONUDD y otras, todas ellas consideradas como autoridades internacionales en este ámbito. Su objetivo es prevenir y controlar las principales enfermedades transmisibles en el medio penitenciario. Incluyen:
• El uso de alternativas a la reclusión en aquellos casos en los que sea posible para, de este modo, reducir la superpoblación imperante en el medio penitenciario;
• Programas de orientación, monitorización y tratamiento para enfermedades infecciosas, incluyendo VIH/SIDA, tuberculosis, hepatitis B y C y enfermedades de transmisión sexual; • Programas terapéuticos para los consumidores de droga, de acuerdo con la evaluación de necesidades, recursos y estándares nacionales e internacionales; • Medidas de reducción de daños, incluyendo la terapia de sustitución con opioides, los programas de intercambio de jeringuillas o la distribución de lejía y preservativos;
• La disponibilidad de profilaxis post-exposición y la prevención de la transmisión entre madre e hijo;
• Pautas sobre los requisitos higiénicos necesarios para el manejo de las enfermedades transmisibles en el medio penitenciario y de otras enfermedades, así como para la prevención de infecciones nosocomiales;
• Asistencia integral garantizada para los internos desde su ingreso en prisión y tras la puesta en libertad en estrecha colaboración con las autoridades y los servicios sanitarios locales;
• Apoyo relacionado con la salud mental, especialmente para aquellos internos que sufran una enfermedad transmisible;
• Formación de todo el personal penitenciario en la prevención, tratamiento y control de las enfermedades transmisibles en el especial contexto que supone la prisión;
La lista de medidas posibles debería usarse de dos formas distintas. En primer lugar, debería servir a modo de lista de comprobación para que los gobiernos lo usaran como parte de la revisión de la conveniencia de los servicios prestados en el momento actual. Por otra parte, en contraposición a una evaluación de la envergadura y naturaleza del problema, y en conjunción con la concienciación local de los factores legales, sociales y políticos, reúne aquellas acciones que los gobiernos pueden considerar, partiendo de la certeza de que hay pruebas que demuestran la eficacia de las medidas, que, por otra parte, cuentan con el apoyo de organizaciones internacionales experimentadas en la gestión de los retos derivados de las enfermedades transmisibles en el medio penitenciario.
La Recomendación de Madrid concluye con un llamamiento a la acción. Espera que todos los países reconozcan la importancia del problema y que revisen su posición actual, seleccionando de la lista de intervenciones efectivas, aquellas que se adecuen más a sus necesidades.
No será fácil conseguir esa acción. Esperamos que las autoridades en salud pública lideren la concienciación sobre dichos problemas a nivel local y la decisión de qué se podría y qué se debería hacer.
Un progreso sostenible precisa del entendimiento y liderazgo políticos. La evolución experimentada en España sugiere que Europa podría, en algunos años, mejorar la salud de la población reclusa, prevenir la difusión de enfermedades de extrema gravedad y así, reducir el riesgo que suponen para la salud pública la existencia de focos lacerantes de enfermedades en sus prisiones y países.
Lars Møller, MD, Dr.M.Sc
Regional Adviser a.i. Alcohol and Drugs
Division of Health Programmes
World Health Organization Regional Office for Europe
Alex Gatherer MD
Temporary Adviser Who Health In Prisons Project
University of Oxford
Brenda van den Bergh
Technical Officer Health Systems – Prisons and Health
Country Policies and Systems
World Health Organization Regional Office for Europe.
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